viernes, 16 de mayo de 2008

MSD en la Asunción de Kirchner

El miércoles por la tarde, en el estadio del club Almagro, en el partido de Tres de Febrero, se concentraron miles de personas, unas cincuenta mil teniendo en cuenta el interior del estadio y sus adyacencias, para asistir a la asunción de Néstor Kirchner al frente del PJ.
Entre los presentes se encontraban gran parte del gabinete nacional, legisladores, gobernadores, dirigentes sindicales y distintos dirigentes del Movimiento Social del Deporte (MSD), entre ellos el Embajador Eduardo Víctor Cavadini, el ex concejal de San Martín, Roberto Salar y dirigentes de la Juventud MSD, Rodrigo Estigarribia, Javier Cardei y Renato Blaiotta, que participaron junto a JP La Campora.
Los que hicieron uso de la palabras fueron; el nuevo secretario de la Juventud, Juan Cabandié, legislador porteño; el vice 2° del partido, Hugo Moyano, titular de la CGT, y el flamante vice 1° del PJ el gobernador chaqueño Jorge Capitanich.
Para finalizar el acto le tocó el turno a Néstor Kirchner, quien invitó a la Presidenta a subir al palco para que se dirija al publico presente.
"El gran desafío para todos, y para el justicialismo, será convocar a la concertación para que miles sepan que somos nosotros los que vamos a trabajar con esfuerzo y solidaridad", dijo la Presidenta. Agrego que "los enfrentamientos sólo han servido para dividir al pueblo y para que nuestro país se llenara fracasos", afirmó Cristina.

miércoles, 14 de mayo de 2008

Abuelas de Plaza de Mayo al Premio Nobel de la Paz 2008


La postulación de Abuelas al Nobel de la Paz -impulsada por Filmus- se realizó a fines de enero y recientemente se aceptó la candidatura.
El ganador se conocerá en octubre y la ceremonia de entrega de premios se realizará en diciembre, en la ciudad de Oslo.
Desde 1977, las Abuelas de Plaza de Mayo se han ocupado de la promoción y defensa de los derechos humanos, ocupándose especialmente en el Derecho a la identidad de los niños apropiados por militares durante la última dictadura.
Desde esa fecha la institución ha logrado la localización y restitución de 88 personas apropiadas por el terrorismo de Estado.
A ellas, se debe la implementación del "índice de abuelidad" (método específico para determinar la filiación de un niño en ausencia de sus padres, a través de análisis de ADN), la creación del Banco Nacional Genético y de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad.
Además, han trabajado intensamente junto a otros organismos de derechos humanos para la recuperación de los ex centros clandestinos de detención para transformarlos en espacios de la memoria.

lunes, 12 de mayo de 2008

A 30 años de la final, un homenaje reaviva el debate sobre el Mundial y la dictadura

SE HARA EL 29 DE JUNIO EN RIVER E INCLUIRA UNA MARCHA DESDE LA ESMA

El Instituto para la Memoria está organizando un acto de desagravio, en el que habrá jugadores de aquella Selección. Ex futbolistas y ex detenidos-desaparecidos con historias muy particulares recuerdan esos días y reflexionan sobre el evento.
El 25 de junio de 1978, Ana María Careaga vio en Suecia, por tele y junto con su pequeña hija, cómo la Selección argentina ganaba su primera copa mundial de fútbol. No festejó.Ana María había llegado allí exiliada desde la Argentina. Un año antes de aquella final, cuando era una adolescente y estando embarazada, la secuestraron y la mantuvieron durante cuatro meses en un centro clandestino de detención, el Club Atlético, donde fue varias veces torturada. La soltaron en setiembre del 77. A los pocos días se fue a Brasil y luego partió a Europa.Hoy, Ana María es la titular del Instituto Espacio para la Memoria de la Ciudad y una de las promotoras de "La Otra Final, el partido por la vida y los Derechos Humanos". "El evento que organizamos para el 29 de junio, en la cancha de River, es la final que debió haber sido, la final en democracia. Un homenaje-desagravio a la sociedad argentina en su conjunto. Invitamos a jugadores de aquella Selección y también a jóvenes que representarán a esa generación que no está. Además, habrá una marcha desde la ESMA —a sólo 700 metros de la cancha y donde funcionó un centro clandestino de detención—, actuarán artistas y en una tribuna se dejará un espacio libre, a modo simbólico", le dice Careaga a Clarín en uno de los salones del instituto. Detrás de ella se deja ver un mapa con los centros clandestinos de la Capital. El número 4 es en el que estuvo ella."La final del 78 la vi con otros ojos, yo tenía a mi mamá desaparecida (la secuestraron junto con las monjas francesas y sus restos aparecieron hace unos años). Tenía otro nivel de conciencia. La idea es que toda la ciudadanía tome conciencia de lo que pasó en la dictadura. Y esto incluye el Mundial, las Malvinas y los campos de concentración", concluye Ana María, con tono docente.
fuente: Clarin

jueves, 8 de mayo de 2008

jueves, 1 de mayo de 2008

1ª de Mayo "DIA del TRABAJADOR"

Proclamada por el General Perón en Buenos Aires el 24 de febrero de 1947. Promulgada por el P.E.N. el 7 de marzo de 1947 por decreto numero 4865. El original de este documento contine la declaración de los derechos del trabajador, el cual fue entregado en custodia por el general Perón, en el acto de su proclamación al Secretario General de la Confederación General del trabajo C.G.T.de la Republica Argentina.

Preámbulo: El presidente de la Nación Argentina haciéndose interprete de los anhelos de Justicia Social que alientan los pueblos y teniendo en cuenta que los derechos derivados del trabajo, al igual que las libertades individuales, constituyen atributos naturales inalienables e imprescriptibles de la personalidad humana, cuyo desconocimiento o agravio es causa de antagonismos, luchas y malestares sociales considera necesario y oportuno enunciarlos mediante una declaración expresa, a fin de que en el presente y en el futuro sirva de norma para orientar la acción de los individuos y los poderes públicos dirigido a elevar la cultura social, dignificar el trabajo y humanizar el capital como la mejor forma de establecer el equilibrio entre las fuerzas concurrentes de la economía y afianzar en un nuevo ordenamiento jurídico los principios que inspiran la legislación social. Por ello y de acuerdo con estos propósitos y fines formula solemnemente la siguiente
DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL TRABAJADOR

1) Derecho a trabajar: el trabajo es el medio indispensable para satisfacer las necesidades materiales y espirituales del individuo y la comunidad, la causa de todas las conquistas de la civilización y el fundamento de la posteridad general, de ahí que, el derecho a trabajar, debe ser protegido por la sociedad considerándolo con la dignidad que merece y proveyendo ocupación a quien la necesite.
2) Derecho a la retribución justa: Siendo la riquesa la renta y el interes del capital frutos exclusivos del trabajo humano, la comunidad debe organizar y reactivar las fuentes de produccion en forma de posibilitar y garantizar al trabajador un retribucion moral y material que satisfaga sus necesidades vitales y sea compensatoria del rendimiento obtenido y el esfuerzo realizado.
3) Derecho a la capacitación. El mejoramiento de la condición humanana y la preeminencia de los valores del espíritu, imponen la necesidad de propiciar la elevación de la cultura y la aptitud profesional, procurando que todas las inteligencias puedan orientarse hacia todas las direcciones del conocimiento, e incumbe a la sociedad estimular el esfuerzo individual proporcionando los medios para que, en igualdad de oportunidades, todo individuo pueda ejecutar el derecho a aprender y perfeccionarse.
4) Derecho a las condiciones dignas de trabajo. La consideración debida al ser humano, la importancia que el trabajo reviste como función social y respeto reciproco entre los factores concurrentes de la producción, consagran el derecho de los individuos a exigir condiciones dignas y justas para el desarrollo de su actividad y la obligación de la sociedad de velar por la estricta observancia de los preceptos que las instruyen y reglamentan.
5) Derecho a la preservación de la salud. El cuidado a la salud física y moral de los individuos debe ser una preocupación primordial y constante de la sociedad a la que corresponde velar para que el régimen del trabajo reúna los requisitos adecuados de higiene y seguridad no exceda las posibilidades normales del esfuerzo y posibilite la debida oportunidad de la recuperación por el reposo.
6) Derecho al bienestar. El derecho de los trabajadores al bienestar, cuya expresión mínima se concreta en la posibilidad de disponer de vivienda, indumentaria y alimentación adecuada y satisfacer sin angustias sus necesidades y la de su familia en forma que le permita trabajar con satisfacción, descansar libre de preocupaciones y gozar mesuradamente de expansiones espirituales y materiales, impone la necesidad social de elevar el nivel de vida y de trabajo con los recursos directos e indirectos que permita el desenvolvimiento económico.
7) Derecho a la seguridad social. El derecho de los individuos a ser a ser amparados, en los casos de disminución, suspensión o perdida de su capacidad para el trabajo, promueve la obligación de la sociedad de tomar unilateralmente a su cargo las prestaciones correspondientes o de promover regímenes de ayuda mutua obligatoria destinados, unos y otros, a cubrir complementar las insuficiencias o inaptitudes propias de ciertos periodos de la vida o las que resulten de infortunios provenientes de riesgos eventuales.
8) Derecho a la protección de su familia. La protección de la familia responde al natural designio del individuo, desde que en ella genera sus mas elevados sentimientos afectivos y todo empeño tiende a su bienestar esto debe ser estimulado y favorecido por la comunidad como el medio mas indicado de propender al mejoramiento del genero humano y a la consolidación de principios espirituales y morales que constituyen la esencia de la convivencia social.
9) Derecho al mejoramiento económico. La capacidad productora y el empeño de usurpación hallan un natural incentivo en las posibilidades de mejoramiento económico, por lo que la sociedad debe apoyar y favorecer las iniciativas de los individuos tendientes a ese fin y estimular la formación y utilización de capitales en cuanto constituyan elementos activos de la producción y contribuyan la prosperidad general.
10) Derecho a la defensa de los intereses profesionales. El derecho de agremiarse libremente y de participar en otras actividades licitas tendientes a la defensa de los intereses profesionales, constituyen atribuciones esenciales de los trabajadores que la sociedad debe respetar y proteger, asegurar su libre ejercicio y reprimiendo todo acto que pueda dificultarlo o impedirlo.